Términos y condiciones



Índice:
Artículo 1 - Definiciones
Artículo 2 - Identidad del empresario
Artículo 3 - Aplicabilidad
Artículo 4 - La oferta
Artículo 5 - El contrato
Artículo 6 - Derecho de desistimiento
Artículo 7 - Obligaciones del consumidor durante el periodo de reflexión
Artículo 8 - Ejercicio del derecho de desistimiento por parte del consumidor y sus costes
Artículo 9 - Obligaciones del empresario en caso de desistimiento
Artículo 10 - Exclusión del derecho de desistimiento
Artículo 11 - El precio
Artículo 12 - Cumplimiento y garantía adicional
Artículo 13 - Entrega y ejecución
Artículo 14 - Transacciones de duración determinada: duración, rescisión y prórroga
Artículo 15 - Pago
Artículo 16 - Procedimiento de reclamaciones
Artículo 17 - Litigios
Artículo 18 - Garantía sectorial
Artículo 19 - Disposiciones adicionales o divergentes


Artículo 1 - Definiciones
En estas condiciones se entenderá por:
1. Contrato complementario: un contrato mediante el cual el consumidor adquiere productos, contenido digital y/o servicios en relación con un contrato a distancia y estos bienes, contenido digital y/o servicios son suministrados por el empresario o por un tercero sobre la base de un acuerdo entre ese tercero y el empresario;
2. Periodo de reflexión: el plazo dentro del cual el consumidor puede hacer uso de su derecho de desistimiento;
3. Consumidor: la persona física que no actúa con fines relacionados con su actividad comercial, industrial, artesanal o profesional;
4. Día: día natural;
5. Contenido digital: datos producidos y suministrados en formato digital;
6. Contrato de duración: un contrato que se extiende al suministro regular de bienes, servicios y/o contenido digital durante un período determinado;
7. Soporte duradero: cualquier herramienta, incluido el correo electrónico, que permita al consumidor o al empresario almacenar información dirigida personalmente a él, de modo que permita la consulta o utilización futura durante un período adecuado a los fines a los que se destina la información, y que permita la reproducción inalterada de la información almacenada;
8. Derecho de desistimiento: la posibilidad del consumidor de rescindir el contrato a distancia dentro del periodo de reflexión;
9. Empresario: AV Webwinkels
10. Contrato a distancia: un contrato celebrado entre el empresario y el consumidor en el marco de un sistema organizado de venta a distancia de productos, contenido digital y/o servicios, en el que, hasta la celebración del contrato, se utilizan exclusiva o conjuntamente una o más técnicas de comunicación a distancia;
11. Formulario de desistimiento: el formulario de desistimiento europeo incluido en el Anexo I de estas condiciones;
12. Técnica de comunicación a distancia: medio que puede utilizarse para celebrar un contrato, sin que el consumidor y el empresario tengan que estar presentes simultáneamente en el mismo lugar;
Artículo 2 – Identidad del empresario

AV Webwinkels / Marshmallowstore.nl
Jan Tinbergenstraat 18a
2811 DZ Reeuwijk
Países Bajos
Disponible telefónicamente en el 0182-761233
Número de la Cámara de Comercio (KvK): 28100284
Número de identificación de IVA NL002053778B03

Artículo 3 – Aplicabilidad
1. Estas condiciones generales son aplicables a cualquier oferta del empresario y a cualquier contrato a distancia celebrado entre el empresario y el consumidor.
2. Antes de la celebración del contrato a distancia, se pone a disposición del consumidor el texto de estas condiciones generales. Si esto no fuera razonablemente posible, el empresario indicará, antes de la celebración del contrato a distancia, cómo se pueden consultar las condiciones generales en las oficinas del empresario y que serán enviadas gratuitamente a petición del consumidor lo antes posible.
3. Si el contrato a distancia se celebra por vía electrónica, no obstante lo dispuesto en el párrafo anterior y antes de que se celebre el contrato a distancia, el texto de estas condiciones generales podrá ponerse a disposición del consumidor por vía electrónica de manera que este pueda almacenarlas fácilmente en un soporte duradero. Si esto no fuera razonablemente posible, se indicará antes de la celebración del contrato a distancia dónde se pueden consultar las condiciones generales por vía electrónica y que serán enviadas gratuitamente a petición del consumidor por vía electrónica o de otro modo.
4. En el caso de que, además de estas condiciones generales, sean también aplicables condiciones específicas de productos o servicios, serán de aplicación los párrafos segundo y tercero, y el consumidor siempre podrá invocar la disposición aplicable que le sea más favorable en caso de condiciones contradictorias.
Artículo 4 – La oferta
1. Si una oferta tiene un periodo de validez limitado o está sujeta a condiciones, esto se indicará expresamente en la oferta.
2. La oferta contiene una descripción completa y precisa de los productos, contenido digital y/o servicios ofrecidos. La descripción es lo suficientemente detallada como para permitir al consumidor una evaluación adecuada de la oferta. Si el empresario utiliza imágenes, estas serán una representación fiel de los productos, servicios y/o contenido digital ofrecidos. Los errores u omisiones manifiestos en la oferta no vinculan al empresario.
3. Cada oferta contiene información tal que, para el consumidor, queda claro cuáles son los derechos y obligaciones vinculados a la aceptación de la oferta.
Artículo 5 – El contrato
1. El contrato se perfecciona, sujeto a lo dispuesto en el párrafo 4, en el momento de la aceptación de la oferta por parte del consumidor y del cumplimiento de las condiciones establecidas para ello.
2. Si el consumidor ha aceptado la oferta por vía electrónica, el empresario confirmará inmediatamente la recepción de la aceptación de la oferta por vía electrónica. Mientras la recepción de esta aceptación no haya sido confirmada por el empresario, el consumidor podrá rescindir el contrato.
3. Si el contrato se perfecciona por vía electrónica, el empresario adoptará las medidas técnicas y organizativas adecuadas para proteger la transferencia electrónica de datos y garantizará un entorno web seguro. Si el consumidor puede pagar electrónicamente, el empresario observará las medidas de seguridad adecuadas para ello.
4. El empresario podrá informarse, dentro del marco legal, si el consumidor puede cumplir con sus obligaciones de pago, así como de todos aquellos hechos y factores importantes para la celebración responsable del contrato a distancia. Si, sobre la base de esta investigación, el empresario tiene razones fundadas para no celebrar el contrato, tiene derecho a rechazar motivadamente un pedido o solicitud o a imponer condiciones especiales a la ejecución.
5. A más tardar en el momento de la entrega del producto, servicio o contenido digital, el empresario enviará al consumidor la siguiente información, por escrito o de manera que el consumidor pueda almacenarla de forma accesible en un soporte duradero:
a. la dirección física del establecimiento del empresario donde el consumidor pueda presentar reclamaciones;
b. las condiciones bajo las cuales y la forma en que el consumidor puede ejercer el derecho de desistimiento, o una notificación clara sobre la exclusión del derecho de desistimiento;
c. información sobre garantías y servicios postventa existentes;
d. el precio, incluyendo todos los impuestos del producto, servicio o contenido digital; en la medida en que sea aplicable, los gastos de envío; y la forma de pago, entrega o ejecución del contrato a distancia;
e. los requisitos para la rescisión del contrato si este tiene una duración superior a un año o es de duración indefinida;
f. si el consumidor tiene derecho de desistimiento, el modelo de formulario de desistimiento.
6. En caso de una transacción de duración, la disposición del párrafo anterior solo es aplicable a la primera entrega.
Artículo 6 – Derecho de desistimiento
Para productos:
1. El consumidor puede rescindir un contrato relativo a la compra de un producto durante un periodo de reflexión de al menos 14 días sin necesidad de justificación. El empresario puede preguntar al consumidor el motivo del desistimiento, pero no puede obligarle a indicarlo.
2. El periodo de reflexión mencionado en el párrafo 1 comienza el día después de que el consumidor, o un tercero designado por el consumidor (que no sea el transportista), haya recibido el producto, o:
a. si el consumidor ha pedido varios productos en el mismo pedido: el día en que el consumidor, o un tercero designado por él, haya recibido el último producto. El empresario podrá, siempre que haya informado claramente al consumidor antes del proceso de pedido, rechazar un pedido de varios productos con un plazo de entrega diferente.
b. si el suministro de un producto consta de varios envíos o partes: el día en que el consumidor, o un tercero designado por él, haya recibido el último envío o la última pieza;
c. en contratos para el suministro regular de productos durante un período determinado: el día en que el consumidor, o un tercero designado por él, haya recibido el primer producto.
Para servicios y contenido digital que no se suministra en un soporte material:
3. El consumidor puede rescindir un contrato de servicios y un contrato para el suministro de contenido digital que no se suministra en un soporte material durante al menos 14 días sin necesidad de justificación. El empresario puede preguntar al consumidor el motivo del desistimiento, pero no puede obligarle a indicarlo.
4. El periodo de reflexión mencionado en el párrafo 3 comienza el día siguiente a la celebración del contrato.
Periodo de reflexión extendido para productos, servicios y contenido digital que no se suministra en un soporte material en caso de falta de información sobre el derecho de desistimiento:
5. Si el empresario no ha facilitado al consumidor la información legalmente obligatoria sobre el derecho de desistimiento o el modelo de formulario de desistimiento, el periodo de reflexión termina doce meses después de que finalice el periodo de reflexión original, determinado según los párrafos anteriores de este artículo.
6. Si el empresario ha facilitado la información mencionada en el párrafo anterior al consumidor dentro de los doce meses siguientes a la fecha de inicio del periodo de reflexión original, el periodo de reflexión expira 14 días después del día en que el consumidor recibió dicha información.
Artículo 7 – Obligaciones del consumidor durante el periodo de reflexión
1. Durante el periodo de reflexión, el consumidor manipulará el producto y el embalaje con cuidado. Solo desembalará o utilizará el producto en la medida necesaria para determinar la naturaleza, las características y el funcionamiento del producto. El principio básico es que el consumidor solo puede manipular e inspeccionar el producto como lo haría en una tienda.
2. El consumidor solo es responsable de la depreciación del producto que sea resultado de una forma de manipulación del producto que vaya más allá de lo permitido en el párrafo 1.
3. El consumidor no es responsable de la depreciación del producto si el empresario no le ha facilitado toda la información legalmente obligatoria sobre el derecho de desistimiento antes o en el momento de la celebración del contrato.
Artículo 8 – Ejercicio del derecho de desistimiento por parte del consumidor y sus costes
1. Si el consumidor ejerce su derecho de desistimiento, lo comunicará al empresario dentro del periodo de reflexión mediante el modelo de formulario de desistimiento o de otra forma inequívoca.
2. Tan pronto como sea posible, pero dentro de los 14 días siguientes al día después de la notificación mencionada en el párrafo 1, el consumidor devolverá el producto o lo entregará a (un representante de) el empresario. Esto no es necesario si el empresario ha ofrecido recoger el producto él mismo. El consumidor habrá cumplido el plazo de devolución en todo caso si devuelve el producto antes de que expire el periodo de reflexión.
3. El consumidor devolverá el producto con todos los accesorios suministrados, si es razonablemente posible en su estado y embalaje originales, y de acuerdo con las instrucciones razonables y claras proporcionadas por el empresario.
4. El riesgo y la carga de la prueba del ejercicio correcto y oportuno del derecho de desistimiento recaen sobre el consumidor.
5. El consumidor corre con los costes directos de la devolución del producto. Si el empresario no ha informado de que el consumidor debe correr con estos costes o si el empresario indica que correrá con ellos, el consumidor no tendrá que pagar los costes de devolución.
6. Si el consumidor desiste después de haber solicitado expresamente que la prestación del servicio o el suministro de gas, agua o electricidad que no estén listos para la venta en un volumen o cantidad determinados comience durante el periodo de reflexión, el consumidor deberá al empresario un importe proporcional a aquella parte del compromiso que haya sido cumplida por el empresario en el momento del desistimiento, en comparación con el cumplimiento total del compromiso.
7. El consumidor no soportará costes por la ejecución de servicios o el suministro de agua, gas o electricidad, que no estén listos para la venta en un volumen o cantidad limitados, o por el suministro de calefacción urbana, si:
a. el empresario no ha facilitado al consumidor la información legalmente obligatoria sobre el derecho de desistimiento, el reembolso de los costes en caso de desistimiento o el modelo de formulario de desistimiento, o;
b. el consumidor no ha solicitado expresamente el inicio de la ejecución del servicio o el suministro de gas, agua, electricidad o calefacción urbana durante el periodo de reflexión.
8. El consumidor no soportará costes por el suministro total o parcial de contenido digital no suministrado en un soporte material, si:
a. no ha consentido expresamente antes del suministro el inicio del cumplimiento del contrato antes de que finalice el periodo de reflexión;
b. no ha reconocido la pérdida de su derecho de desistimiento al otorgar su consentimiento; o
c. el empresario ha omitido confirmar esta declaración del consumidor.
9. Si el consumidor ejerce su derecho de desistimiento, todos los contratos complementarios quedarán rescindidos por ministerio de la ley.
Artículo 9 – Obligaciones del empresario en caso de desistimiento
1. Si el empresario permite la notificación de desistimiento por parte del consumidor por vía electrónica, enviará una confirmación de recepción inmediatamente después de recibir dicha notificación.
2. El empresario reembolsará todos los pagos realizados por el consumidor, incluidos los posibles gastos de envío facturados por el empresario por el producto devuelto, inmediatamente y a más tardar en los 14 días siguientes al día en que el consumidor le notifique el desistimiento. A menos que el empresario ofrezca recoger el producto él mismo, podrá retrasar el reembolso hasta que haya recibido el producto o hasta que el consumidor demuestre que ha devuelto el producto, lo que ocurra primero.
3. El empresario utilizará para el reembolso el mismo medio de pago que el consumidor haya utilizado, a menos que el consumidor acepte otro método. El reembolso es gratuito para el consumidor.
4. Si el consumidor ha optado por un método de entrega más caro que el método de entrega estándar más barato, el empresario no tendrá que reembolsar los costes adicionales del método más caro.
Artículo 10 – Exclusión del derecho de desistimiento
El empresario puede excluir del derecho de desistimiento los siguientes productos y servicios, pero solo si el empresario lo ha indicado claramente en la oferta, al menos antes de la celebración del contrato:
1. Productos o servicios cuyo precio dependa de fluctuaciones en el mercado financiero sobre las cuales el empresario no tiene influencia y que puedan ocurrir dentro del periodo de desistimiento;
2. Contratos celebrados durante una subasta pública. Por subasta pública se entiende un método de venta en el que los productos, el contenido digital y/o los servicios son ofrecidos por el empresario al consumidor que asiste personalmente o que tiene la posibilidad de asistir personalmente a la subasta, bajo la dirección de un subastador, y en la que el postor ganador está obligado a comprar los productos, el contenido digital y/o los servicios;
3. Contratos de servicios, tras la ejecución completa del servicio, pero solo si:
a. la ejecución ha comenzado con el consentimiento previo expreso del consumidor; y
b. el consumidor ha declarado que pierde su derecho de desistimiento una vez que el empresario haya ejecutado completamente el contrato;
4. Contratos de servicios para el suministro de alojamiento, si el contrato prevé una fecha o período de ejecución específico y distinto de los fines residenciales, transporte de mercancías, servicios de alquiler de automóviles y catering;
5. Contratos relacionados con actividades de ocio, si el contrato prevé una fecha o período de ejecución específico para las mismas;
6. Productos fabricados según las especificaciones del consumidor, que no sean prefabricados y que se fabriquen sobre la base de una elección o decisión individual del consumidor, o que estén claramente destinados a una persona específica;
7. Productos que se deterioran rápidamente o tienen una vida útil limitada;
8. Productos precintados que no sean aptos para ser devueltos por razones de protección de la salud o de higiene y cuyo precinto haya sido roto después de la entrega;
9. Productos que después de la entrega, por su naturaleza, se mezclan irreversiblemente con otros productos;
10. Bebidas alcohólicas cuyo precio haya sido acordado al celebrar el contrato, pero cuyo suministro solo pueda tener lugar después de 30 días, y cuyo valor real dependa de las fluctuaciones del mercado sobre las cuales el empresario no tiene influencia;
11. Grabaciones de audio, vídeo y programas informáticos precintados, cuyo precinto haya sido roto después de la entrega;
12. Periódicos, diarios o revistas, a excepción de las suscripciones a los mismos;
13. El suministro de contenido digital que no se suministra en un soporte material, pero solo si:
a. la ejecución ha comenzado con el consentimiento previo expreso del consumidor; y
b. el consumidor ha declarado que con ello pierde su derecho de desistimiento.
Artículo 11 – El precio
1. Durante el periodo de validez indicado en la oferta, los precios de los productos y/o servicios ofrecidos no aumentarán, salvo cambios de precio como consecuencia de cambios en los tipos de IVA.
2. No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, el empresario puede ofrecer productos o servicios cuyos precios estén sujetos a fluctuaciones en el mercado financiero y sobre los cuales el empresario no tenga influencia, con precios variables. Esta vinculación a fluctuaciones y el hecho de que cualquier precio mencionado sea orientativo se indicarán en la oferta.
3. Los aumentos de precios dentro de los 3 meses siguientes a la celebración del contrato solo están permitidos si son consecuencia de regulaciones o disposiciones legales.
4. Los aumentos de precios a partir de los 3 meses siguientes a la celebración del contrato solo están permitidos si el empresario lo ha estipulado y:
a. son consecuencia de regulaciones o disposiciones legales; o
b. el consumidor tiene la facultad de rescindir el contrato a partir del día en que entre en vigor el aumento de precio.
5. Los precios mencionados en la oferta de productos o servicios incluyen IVA.
Artículo 12 – Cumplimiento del contrato y garantía adicional
1. El empresario garantiza que los productos y/o servicios cumplen el contrato, las especificaciones indicadas en la oferta, los requisitos razonables de solidez y/o utilidad y las disposiciones legales y/o reglamentaciones gubernamentales existentes en la fecha de celebración del contrato. Si se acuerda, el empresario también garantiza que el producto es apto para un uso distinto del normal.
2.

Una garantía adicional ofrecida por el empresario, su proveedor, fabricante o importador nunca limita los derechos y reclamaciones legales que el consumidor puede ejercer frente al empresario en virtud del contrato si el empresario ha incumplido su parte del acuerdo.
3. Por garantía adicional se entenderá todo compromiso del empresario, su proveedor, importador o productor mediante el cual este otorga al consumidor ciertos derechos o reclamaciones que van más allá de lo legalmente exigible en caso de que haya incumplido su parte del contrato.
Artículo 13 – Entrega y ejecución
1. El empresario actuará con la mayor diligencia posible al recibir y ejecutar los pedidos de productos y al evaluar las solicitudes de prestación de servicios.
2. El lugar de entrega será la dirección que el consumidor haya comunicado al empresario.
3. Teniendo en cuenta lo establecido al respecto en el artículo 4 de estas condiciones generales, el empresario ejecutará los pedidos aceptados con la debida celeridad, pero a más tardar en un plazo de 30 días, a menos que se haya acordado otro plazo de entrega. Si la entrega sufre retrasos, o si un pedido no puede ejecutarse o solo puede ejecutarse parcialmente, el consumidor recibirá notificación de ello a más tardar 30 días después de haber realizado el pedido. En ese caso, el consumidor tiene derecho a rescindir el contrato sin costes y derecho a una posible indemnización por daños y perjuicios.
8
4. Tras la rescisión conforme al apartado anterior, el empresario reembolsará sin demora la cantidad que el consumidor haya pagado.
5. El riesgo de deterioro y/o extravío de los productos recae sobre el empresario hasta el momento de la entrega al consumidor o a un representante previamente designado y comunicado al empresario, salvo que se haya acordado expresamente lo contrario.
Artículo 14 – Transacciones de duración determinada: duración, rescisión y prórroga
Rescisión:
1. El consumidor puede rescindir en cualquier momento un contrato celebrado por tiempo indefinido que tenga por objeto la entrega regular de productos (incluida la electricidad) o servicios, respetando las normas de rescisión acordadas para tal fin y un plazo de preaviso de como máximo un mes.
2. El consumidor puede rescindir en cualquier momento un contrato celebrado por tiempo determinado que tenga por objeto la entrega regular de productos (incluida la electricidad) o servicios, al finalizar dicho plazo, respetando las normas de rescisión acordadas y un plazo de preaviso de como máximo un mes.
3. El consumidor puede rescindir los contratos mencionados en los apartados anteriores:
- en cualquier momento y sin verse limitado a rescindirlo en un momento o periodo determinado;
- al menos de la misma forma en que fueron celebrados por él;
- siempre con el mismo plazo de preaviso que el empresario haya estipulado para sí mismo.
Prórroga:
4. Un contrato celebrado por tiempo determinado que tenga por objeto la entrega regular de productos (incluida la electricidad) o servicios, no podrá ser prorrogado o renovado tácitamente por un periodo determinado.
5. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, un contrato celebrado por tiempo determinado para la entrega regular de periódicos, noticias, semanarios y revistas podrá prorrogarse tácitamente por un periodo determinado de hasta tres meses, si el consumidor puede rescindir este contrato prorrogado al finalizar la prórroga con un plazo de preaviso de como máximo un mes.
6. Un contrato celebrado por tiempo determinado para la entrega regular de productos o servicios solo puede prorrogarse tácitamente por tiempo indefinido si el consumidor puede rescindirlo en cualquier momento con un plazo de preaviso de como máximo un mes. El plazo de preaviso será de como máximo tres meses en caso de que el contrato tenga por objeto la entrega regular, pero menos de una vez al mes, de periódicos, noticias, semanarios y revistas.
7. Un contrato de duración limitada para la entrega regular de periódicos, noticias, semanarios y revistas a modo de prueba o introducción (suscripción de prueba o de introducción) no se prorrogará tácitamente y finalizará automáticamente al concluir el periodo de prueba o de introducción.
Duración:
8. Si un contrato tiene una duración superior a un año, el consumidor podrá rescindirlo en cualquier momento después de un año con un plazo de preaviso de como máximo un mes, salvo que la razonabilidad y la equidad se opongan a la rescisión antes de la finalización de la duración acordada.
Artículo 15 – Pago
1. Salvo que se disponga otra cosa en el contrato o en las condiciones adicionales, las cantidades adeudadas por el consumidor deberán abonarse en un plazo de 14 días a partir del inicio del periodo de reflexión, o a falta de este, en un plazo de 14 días después de la celebración del contrato. En caso de un contrato de prestación de servicios, este plazo comienza el día siguiente a aquel en que el consumidor recibió la confirmación del contrato.
2. En la venta de productos a consumidores, nunca se podrá obligar al consumidor en las condiciones generales a realizar un pago anticipado superior al 50%. Cuando se haya estipulado un pago anticipado, el consumidor no podrá ejercer ningún derecho relativo a la ejecución del pedido o servicio(s) correspondiente(s) hasta que se haya efectuado dicho pago anticipado.
3. El consumidor tiene la obligación de comunicar sin demora al empresario cualquier inexactitud en los datos de pago proporcionados o indicados.
4. Si el consumidor no cumple con su(s) obligación(es) de pago a tiempo, después de que el empresario le haya advertido sobre el retraso en el pago y el empresario le haya concedido un plazo
9
de 14 días para cumplir aún con sus obligaciones de pago, tras la falta de pago dentro de este plazo de 14 días, deberá pagar los intereses legales sobre la cantidad pendiente y el empresario tendrá derecho a cargar los costes de cobro extrajudiciales en los que haya incurrido. Estos costes de cobro ascienden como máximo a: 15% sobre importes pendientes hasta 2.500 €; 10% sobre los siguientes 2.500 € y 5% sobre los siguientes 5.000 €, con un mínimo de 40 €. El empresario puede desviarse de dichas cantidades y porcentajes en beneficio del consumidor.
Artículo 16 – Procedimiento de reclamación
1. El empresario dispone de un procedimiento de reclamación debidamente publicado y tramita la reclamación conforme a este procedimiento.
2. Las reclamaciones sobre la ejecución del contrato deben presentarse al empresario de forma completa y claramente descrita dentro de un plazo razonable después de que el consumidor haya constatado los defectos.
3. Las reclamaciones presentadas al empresario serán respondidas en un plazo de 14 días a contar desde la fecha de recepción. Si una reclamación requiere un tiempo de tramitación previsiblemente mayor, el empresario responderá dentro del plazo de 14 días con un acuse de recibo e indicación de cuándo puede esperar el consumidor una respuesta más detallada.
4. Una reclamación sobre un producto, servicio o la atención del empresario también puede presentarse a través de un formulario de reclamación en la página del consumidor del sitio web de Stichting Webshop Keurmerk (http://keurmerk.info/Home/MisbruikOfKlacht). La reclamación se enviará entonces tanto al empresario correspondiente como a Stichting Webshop Keurmerk.
5. Si la reclamación no puede resolverse de mutuo acuerdo dentro de un plazo razonable o dentro de los 3 meses siguientes a su presentación, surgirá un conflicto susceptible de ser sometido al procedimiento de resolución de litigios.

Artículo 17 – Litigios
1. En los contratos entre el empresario y el consumidor a los que se refieren estas condiciones generales, se aplicará exclusivamente la legislación neerlandesa.
2. Los litigios entre el consumidor y el empresario sobre la celebración o ejecución de contratos relativos a productos y servicios que el empresario debe suministrar o ha suministrado pueden ser sometidos, respetando lo dispuesto a continuación, tanto por el consumidor como por el empresario, a la Comisión de Disputas Webshop (Geschillencommissie Webshop), Apartado de correos 90600, 2509 LP en La Haya (www.sgc.nl).
3. Un litigio solo será tramitado por la Comisión de Disputas si el consumidor ha presentado primero su reclamación al empresario dentro de un plazo razonable.
4. El litigio debe presentarse por escrito ante la Comisión de Disputas a más tardar tres meses después de que haya surgido.
5. Cuando el consumidor desee someter un litigio a la Comisión de Disputas, el empresario estará vinculado a esta elección. Cuando el empresario desee hacerlo, el consumidor deberá manifestar por escrito, dentro de las cinco semanas siguientes a una solicitud por escrito a tal efecto realizada por el empresario, si desea que se haga lo mismo o si desea que el litigio sea tratado por el tribunal competente. Si el empresario no recibe la elección del consumidor dentro del plazo de cinco semanas, el empresario tendrá derecho a someter el litigio al tribunal competente.
6. La Comisión de Disputas dictará sentencia en las condiciones establecidas en el reglamento de la Comisión de Disputas (http://www.degeschillencommissie.nl/over-ons/de-commissies/2701/webshop). Las decisiones de la Comisión de Disputas se realizarán mediante dictamen vinculante.
7. La Comisión de Disputas no tramitará un litigio o suspenderá su tramitación si se ha concedido al empresario una suspensión de pagos, este ha entrado en estado de quiebra o ha finalizado efectivamente sus actividades comerciales, antes de que el litigio haya sido tratado por la comisión en la audiencia y se haya dictado una resolución final.
8. Si, además de la Comisión de Disputas Webshop, es competente otra comisión de disputas reconocida o afiliada a la Fundación de Comisiones de Disputas para Asuntos de Consumo (SGC) o al Instituto de Reclamaciones de Servicios Financieros (Kifid), para los litigios relacionados principalmente con el método de venta o prestación de servicios a distancia será preferiblemente competente la Comisión de Disputas de la Fundación Webshop Keurmerk. Para todos los demás litigios, será competente la otra comisión de disputas reconocida afiliada a la SGC o al Kifid.
10


Artículo 18 – Garantía del sector
1. La Fundación Webshop Keurmerk garantiza el cumplimiento de los dictámenes vinculantes de la Comisión de Disputas de la Fundación Webshop Keurmerk por parte de sus miembros, a menos que el miembro decida someter el dictamen vinculante al tribunal para su revisión dentro de los dos meses siguientes a su envío. Esta garantía se reactiva si el dictamen vinculante se mantiene tras la revisión del tribunal y la sentencia que así lo demuestra ha adquirido fuerza de cosa juzgada. La Fundación Webshop Keurmerk abonará al consumidor hasta un importe máximo de 10.000 € por dictamen vinculante. Para importes superiores a 10.000 € por dictamen vinculante, se abonarán 10.000 €. Por el excedente, la Fundación Webshop Keurmerk tiene una obligación de diligencia para asegurar que el miembro cumpla con el dictamen vinculante.
2. Para la aplicación de esta garantía es necesario que el consumidor presente una solicitud por escrito al respecto a la Fundación Webshop Keurmerk y que ceda su derecho de crédito frente al empresario a la Fundación Webshop Keurmerk. Si el crédito frente al empresario supera los 10.000 €, se ofrecerá al consumidor ceder su derecho de crédito, en la parte que exceda el importe de 10.000 €, a la Fundación Webshop Keurmerk, tras lo cual dicha organización reclamará judicialmente en su propio nombre y por su cuenta el pago para satisfacer al consumidor.
Artículo 19 – Disposiciones complementarias o divergentes
Las disposiciones complementarias o que se aparten de estas condiciones generales no podrán perjudicar al consumidor y deberán quedar registradas por escrito o de tal manera que puedan ser guardadas por el consumidor de forma accesible en un soporte de datos duradero.
Artículo 20 – Modificación de las condiciones generales de la Fundación Webshop Keurmerk
1. La Fundación Webshop Keurmerk no modificará estas condiciones generales salvo en consulta con la Unión de Consumidores (Consumentenbond).
2. Las modificaciones de estas condiciones solo entrarán en vigor una vez publicadas de la manera adecuada, entendiéndose que, en caso de modificaciones aplicables durante la vigencia de una oferta, prevalecerá la disposición más favorable para el consumidor.
Dirección de la Fundación Webshop Keurmerk:
Willemsparkweg 193, 1071 HA Ámsterdam
11
Anexo I: Formulario modelo de revocación
Formulario modelo de revocación
(rellene y devuelva este formulario solo si desea revocar el contrato)
- A: [ nombre del empresario]
[ dirección geográfica del empresario]
[ número de fax del empresario, si está disponible]
[ dirección de correo electrónico o dirección electrónica del empresario]
- Yo/Nosotros* notifico/notificamos* por la presente que yo/nosotros* revoco/revocamos* nuestro contrato relativo a
la venta de los siguientes productos: [designación del producto]*
la entrega del siguiente contenido digital: [designación del contenido digital]*
la prestación del siguiente servicio: [designación del servicio]*,
- Pedido el*/recibido el* [fecha del pedido en servicios o de recepción en productos]
- [Nombre del consumidor(es)]
- [Dirección del consumidor(es)]
- [Firma del consumidor(es)] (solo cuando este formulario se presente en papel)
* Táchese lo que no proceda o rellénese lo que proceda.